Resolución de 25 de Junio de 2018 del Director General de Ordenación Pesquera por la que se prohíbe temporalmente la pesca, tenencia a bordo y desembarque de ejemplares de atún rojo para la modalidad de pesca deportiva y recreativa.
Según los datos de que dispone esta Secretaria General de Pesca, la cuota atribuida para la pesca deportiva y recreativa de las listas 6ª y 7ª del Registro de Buques, se encuentra próxima a su máximo autorizado, por lo que procede realizar una parada técnica de control, hasta conocer la situación real de los datos de captura, de acuerdo con lo establecido en el dispositivo undécimo de la citada Resolución, que señala que el cierre temporal de la pesquería se realizará por resolución del Director General de Ordenación Pesquera y Acuicultura, que además será objeto de publicación en la página web del Departamento.
En su virtud, y por medio de la presente, se acuerda la prohibición de la pesca, tenencia a bordo y desembarque de ejemplares de atún rojo para la modalidad de pesca deportiva y recreativa, a partir de las 23:59 horas del día 26 de Junio de 2018, sin perjuicio del posterior levantamiento de la prohibición o su confirmación mediante resolución por la que se acuerde el cierre definitivo de la pesquería.
Contra la presente resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el Secretario General de Pesca del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente en los términos previstos en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El Director General de Ordenación Pesquera y Acuicultura
Jose Luis Gonzalez Serrano