El que suscribe solicita el ingreso como Socio Numerario en el Real Club Náutico Dénia, comprometiéndose, a respetar las Estatutos, el Reglamento de Régimen Interior y el Reglamento de Explotación y Policía.
Es conocedor especialmente del Articulo nº 1 de nuestros estatutos y del Articulo nº 15 del Reglamento de Régimen Interior, que dicen textualmente:
ART. 1º de los Estatutos del Club Náutico: “El Real Club Náutico de Dénia es una Asociación privada con personalidad jurídica y capacidad de obrar, cuyo objeto exclusivo es el fomento y la práctica de la actividad deportiva sin ánimo de lucro.”
ART. 15 del Reglamento de Régimen Interior: “Todo socio por ostentar tal condición, tiene derecho al amarre de una embarcación de su propiedad en los fondeaderos del club, si lo hubiere. El socio que desee ingresar una embarcación en el club, lo solicitará por escrito al Comodoro, expresando las características y demás circunstancias de la misma. La embarcación será examinada por el Comodoro para determinar si puede ser admitida o no, en los fondeaderos o espacios destinados al efecto por el club.”